Indemnización por denegación de tratamiento médico tras rechazar un TAVI urgente
Osakidetza ha reconocido su responsabilidad tras una denegación de tratamiento médico que obligó a una paciente a acudir a la sanidad privada para poder ser intervenida.
Denegación de tratamiento médico en una situación de riesgo vital
Los hechos se remontan a febrero de 2023, cuando una mujer de 90 años ingresó en el hospital tras sufrir una insuficiencia respiratoria. Durante su hospitalización, los médicos diagnosticaron una estenosis severa de la válvula aórtica.
El servicio de Cardiología indicó que la única opción terapéutica era un implante TAVI urgente. Sin embargo, el hospital de referencia rechazó la intervención sin valorar directamente a la paciente, alegando su “fragilidad”.
La intervención en la sanidad privada evitó el desenlace
Ante la denegación de tratamiento médico y la urgencia del caso, la familia decidió trasladarla a un centro privado.
Tras realizar las pruebas necesarias, los especialistas confirmaron la viabilidad del procedimiento. La intervención se realizó al día siguiente sin complicaciones, permitiendo la recuperación de la paciente y su alta en pocos días.
El coste del tratamiento ascendió a cerca de 39.000 euros, además de los gastos asociados.
Funcionamiento anormal del servicio sanitario
El caso pone de manifiesto un funcionamiento anormal del sistema público. La intervención era la única opción terapéutica.
Sin embargo, el hospital denegó la intervención sin valorar directamente a la paciente y agravó una situación clínica ya urgente.
Esta actuación obligó a la familia a asumir una solución urgente en la sanidad privada, generando un perjuicio económico directo.
Indemnización por denegación de tratamiento médico
Tras la reclamación y su tramitación en vía contencioso-administrativa, el procedimiento finalizó mediante acuerdo.
La aseguradora de Osakidetza abonó una indemnización por denegación de tratamiento médico de 40.000 euros, cubriendo los gastos derivados de la intervención.
¿Cuándo procede una indemnización por denegación de tratamiento médico?
La Administración debe garantizar el acceso a tratamientos indicados conforme a la práctica médica.
Cuando se produce una denegación injustificada, especialmente en situaciones urgentes, y el paciente se ve obligado a acudir a la sanidad privada, puede existir responsabilidad patrimonial.
Si se acredita la relación entre la negativa asistencial y el daño sufrido, surge el derecho a indemnización.
Fuente
La noticia ha sido publicada en ELCORREO.
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