Ceguera por Ala Octa: el peregrinaje jurisdiccional hasta la condena de la Aemps
El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Madrid ha emitido una sentencia histórica que reconoce el derecho de una paciente afectada por la toxicidad del producto Ala Octa a ser indemnizada por los daños sufridos, incluida la ceguera total en su ojo izquierdo. La sentencia estipula una compensación de 25.000 euros más intereses legales desde la fecha de la reclamación inicial.
Este fallo marca un precedente significativo, ya que hasta ahora la jurisprudencia del Tribunal Supremo había desestimado la responsabilidad de los Servicios de Salud autonómicos en casos relacionados con Ala Octa. Sin embargo, esta sentencia señala directamente a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps), así como al fabricante y distribuidor del producto.
El caso se remonta a una intervención realizada en mayo de 2015 en el Hospital Serrallana, donde se utilizó Ala Octa, un producto utilizado en operaciones de desprendimiento de retina que resultó tóxico, causando ceguera en varios pacientes en diferentes Comunidades Autónomas.
La paciente inicialmente presentó su reclamación al Servicio Cántabro de Salud, pero fue denegada. Luego recurrió al Tribunal autonómico, que estimó su reclamación, pero el Tribunal Supremo anuló esa sentencia. Ante esto, la paciente presentó una reclamación administrativa ante la Aemps en enero de 2022, que también fue desestimada.
El abogado Roberto Gómez Menchaca, representante de la paciente, llevó el caso ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Madrid, que finalmente dictaminó la responsabilidad de la Aemps por no realizar inspecciones adecuadas y no garantizar la seguridad del producto.
La sentencia destaca que, aunque la responsabilidad de la Administración no es objetiva, sino subjetiva, en este caso específico se demostró un incumplimiento de la lex artis, lo que conlleva la responsabilidad de la Aemps.
Este fallo no solo establece un importante precedente legal, sino que también abre la puerta a otras demandas por daños causados por Ala Octa. Para obtener más detalles sobre este caso y su implicación legal, se puede acceder al artículo completo aquí.