El CI del paciente sólo se puede sustituir en caso de urgencia vital
Únicamente la urgencia vital justifica que el paciente sea sustituido para prestar el consentimiento informado, según se desprende de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. El tribunal autonómico ha analizado el caso de una menor que ingresó en un hospital donde le diagnosticaron adenopatías retroperitoneales, pronóstico que motivó la práctica…










