En diciembre de 2010, Juan Ignacio F.A. se sometió a una cirugía laparoscópica en el Hospital de Cruces para terminar con sus problemas de reflujo gástrico. Se trata de una dolencia bastante común, que supone la devolución del alimento o del ácido gástrico desde el estómago hacia el esófago, pero la intervención se complicó y fue necesario extirparle el bazo.
Cuando recibió el alta, el paciente demandó a Osakidetza, a través del despacho bilbaíno de abogados Gómez Menchaca, por la pérdida de un órgano, cuya función es combatir las infecciones. El juzgado de lo contencioso Administrativo número 1 de Vitoria, desestimó la demanda. Los letrados de Juan Ignacio apelaron y ahora el Tribunal Superior de justicia del País Vasco ha admitido en parte la reclamación y establece una indemnización de 30.000 euros.
En su resolución, los magistrados rechazan que la extirpación del bazo haya sido fruto de un fallo médico. En base a los informes de los peritos, sostienen que la pérdida de esta víscera constituye una complicación habitual de la cirugía practicada a este vecino de Bilbao que ahora tiene 37 años.
Descartado que hubiera negligencia, la discusión se centró en si al paciente le facilitaron información suficiente para dar su consentimiento a la operación. Los magistrados han llegado a la conclusión de que Juan Ignacio desconocía que podía perder el bazo. Por ello, consideran que «la falta o insuficiencia de la in-formación debida al paciente» debe considerarse en sí misma una infracción de la 'lex artis' por la que debe regirse cualquier acto médico. En definitiva, sostienen que la desinformación provoca un daño moral por el que el paciente debe ser resarcido.
Sin lugar a dudas, otro caso de éxito más para nuestro despacho de abogados.