Un cirujano plástico deberá indemnizar a una de sus clientes que no quedó satisfecha con una operación de cirugía estética porque no fue informada de que en algunos casos era necesaria una segunda intervención quirúrgica, según una sentencia de la Audiencia de Guipúzcoa.
La reclamación tenía su origen en una intervención quirúrgica consistente en una mamoplastia de reducción de la que quedaron unas cicatrices que no eran superiores a la media, aunque eran algo más visibles que las habituales.
Este tipo de intervenciones de cirugía plástica se integra en el ámbito de la llamada cirugía satisfactiva o medicina voluntaria, para diferenciarlas de la cirugía asistencial o curativa, ya que la intervención no afecta directamente a la salud, que no se encuentra en peligro alguno, sino que busca una mejora de la imagen o un fin quizás puramente estético.
El apartado 5º del artículo 10 de la Ley General de Sanidad, regulador del consentimiento informado, establece la obligación del médico de proporcionar al paciente una información completa, veraz e inteligible.
La posición del paciente en estos casos es más próxima a la de un cliente en el ámbito de un contrato de obra que a la de un enfermo en el ámbito de la medicina asistencial –razona la sentencia, que acoge los argumentos de Roberto Gómez Menchaca, letrado de la demandante-, por lo que “se debe hacer un informe claro y completo de los riesgos descartables y de los no descartables para que la persona que solicite la intervención pueda asumir expresamente los riesgos que le han explicado de una forma clara e individualizada que tenga en cuenta las circunstancias personales”.
Individualizada
El tribunal estima que en el presente caso el facultativo no proporcionó a la cliente la información suficiente para eludir posibles responsabilidades civiles, ya que “le hizo entrega de un folleto genérico y no consta que le explicase de forma precisa las consecuencias cicatrízales de la intervención en relación con su persona concreta y que le advirtiera que en algunos casos era necesaria una segunda intervención quirúrgica para paliar las cicatrices que nacían a consecuencia de la mamoplastia de reducción”.
No obstante, pese a la condena del médico a pagar tres millones de pesetas, la resolución judicial deja constancia de que “no cabe reprochar al facultativo una mala praxis médica, pues la técnica utilizada fue correcta y la aparición de una cicatriz está en función principalmente del propio tejido corporal de la paciente”.
Publicado por Diario Médico el 24 de mayo de 2.000