La falta de información del riesgo típico y esperado con riesgo vital genera indemnización, según ha declarado una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Vitoria.
El juzgado ha estudiado el caso de una paciente, de edad avanzada, que acudió a la consulta de Cardiología de un hospital. Tras la exploración, fue diagnosticada de «insuficiencia mitral severa por rotura de cuerdas tendinosas en el velo posterior valvular».
A la enferma se le operó mediante implantación de anillo flexible tipo Durán, técnica que se conoce como anuloplastia. La hoja clínica de evolución expresó que «la paciente, al despertarse en UVI, presentó hemiplejia derecha a la parálisis de las extremidades superiores e inferiores de la mitad del cuerpo».
El informe pericial afirmó que «se estaba ante una complicación neurológica, quirúrgica de las descritas en la literatura científica para este tipo de intervenciones, cuya causa no se encuentra bien aclarada, ya que viene siendo calificada como imprevisible y que ocurre a pesar de la adopción de todos los medios para evitarla».
El fallo señala que «la asistencia dispensada fue correcta y adecuada, en el sentido de que la complicación ulterior cerebral pudo deberse bien a una embolia o bien a una trombosis».
El juez considera que «sea cual fuere la causa concreta de la lesión neurológica que provocó el fallecimiento de la paciente, lo cierto es que trae causa en la propia intervención quirúrgica».
Ausencia explícita
La sentencia, que acoge los argumentos de Roberto Gómez Menchaca, abogado de la enferma, añade que «no se le informó de los riesgos propios de su enfermedad ni de los procedimientos terapéuticos para tratar de ser curada». Es más, «no se le dijo nada de un riesgo típico y esperado consistente en lesión neurológica con riesgo vital. De hecho no existe hoja de consentimiento informado».
Teresa Segador Elvira, titular del juzgado, ha condenado al Servicio Vasco de Salud-Osakidetza a pagar a los familiares de la paciente una indemnización de 48.080 euros (8.000.000 de pesetas) por los daños y perjuicios sufridos.
Publicado por Diario Médico el 10 de julio de 2.002