Osakidetza deberá indemnizar con 56.500 euros a la viuda y tres hijos de un paciente de 66 años que falleció en el Hospital de Cruces a causa de una infección sufrida durante un ingreso.
El paciente, que sufría de cardiopatía isquémica, fue diagnosticado de flutter auricular en un control rutinario, por lo que su médico de familia decidió derivarle al Hospital de Cruces, donde, según la demanda interpuesta por el despacho Gomez Menchaca sufrió una flebitis en el mismo brazo en el que se le puso un catéter. Para evitar una posible infección se le administraron antitérmicos y se le realizó un hemocultivo.
Tras ser dado de alta y presentar fiebre y malestar general, fue informado por el hospital de que había dado positivo en Staphylococcus aureus, por lo que requería de un nuevo ingreso para recibir el tratamiento oportuno. Finalmente, pocos días después el hombre falleció en el Hospital de Cruces.
La sentencia de Primera Instancia dio la razón a Osakidetza al considerar que no se había producido «mala praxis» en la atención al paciente y negó la posibilidad de que el fallecimiento pudiera deberse a una incorrecta asistencia. Los demandantes sin embargo, afirmaban que el tratamiento debía haberse iniciado con los primeros síntomas, a lo que los peritos de Osakidetza contestaron que hasta no obtener los resultados era desaconsejaba comenzar con el antibiótico.
«Padecimientos e incomodidades que deben indemnizarse»
La familia interpuso un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco al no estar de acuerdo con la primera sentencia al que la sala ha dado la razón, afirmando que la prueba de cargo recaía sobre el Servicio Vasco de Salud, que debería haber demostrado que se tomaron todas las medidas necesarias para evitar una infección. Finalmente, el tribunal ha emitido sentencia en la que afirma que pese a que “la infección no fuese la causa directa del fallecimiento, es evidente que le provocó unos padecimiento e incomodidades que no tenía por qué haber aguantado. Por ello, se debe indemnizar”.