Osakidetza deberá indemnizar con 6.300 euros, más intereses legales, por haber actuado “con retraso y sin diligencia y atención médica requeridas”, en el caso de un paciente que sufrió complicaciones postoperatorias y que finalmente falleció. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que es firme y contra la que no cabe recurso ordinario alguno, estima en parte la demanda presentada por el hijo del fallecido, un hombre de 77 años que fue sometido el 5 de agosto de 1.997, en el hospital de Cruces, a una operación para extirparle la vesícula biliar y extraerle cálculos del conducto biliar.
Tras esa intervención quirúrgica, el paciente presentó síntomas indicativos de complicaciones postoperatorias, que finalmente se concretaron en peritonitis y sepsis biliar, a pesar de lo cual no fue intervenido de nuevo hasta 14 días después. Un mes más tarde, el hombre falleció a consecuencia de una parada cardiorrespiratoria por fallo multiorgánico secundario a sepsis biliar.
La sentencia estima que “el seguimiento médico del postoperatorio no fue el más idóneo”, dado que una actuación más atenta hubiese permitido detectar “de forma más rápida y con mayor anticipación” el proceso que estaba desarrollando. Señala en este sentido que la complicación era previsible y que el paciente presentó síntomas que hacían sospechar su presencia. “Se actuó con retraso y sin la diligencia y atención médica requeridas”, afirma, añadiendo que de haberse aplicado, “hubiesen permitido adoptar de forma inmediata o con la mayor rapidez las medidas más oportunas”. Todo ello pone de manifiesto, siempre según la sentencia, “la existencia de un defectuoso funcionamiento del servicio sanitario”, informa Vasco Press.
Por ello, reconoce el daño “moral” sufrido por el hijo tras el fallecimiento de su padre, y estima en parte el recurso, condenando a Osakidetza a indemnizarle con 6.310,63 euros, más los intereses legales desde noviembre de 1.997
Publicado por El Mundo el 3 de noviembre de 2.003