El Departamento vasco de Salud ha sido condenado a indemnizar con 16.800 euros a un paciente que sufrió una caída y que al ser atendido en el hospital bilbaíno de Basurto no le detectaron que tenía alojado un trozo de ladrillo en la pierna. El joven tuvo que ser operado por una infección en la rodilla.
Los hechos se remontan al año 97 cuando el joven, entonces de 21 años, sufrió una caída y fue atendido en el servicio de Urgencias del Hospital de Basurto. Allí le dieron unos puntos y le pusieron la antitetánica.
El paciente pasó después a ser controlado por el centro de salud que le correspondía, donde le hicieron una serie de curas. No obstante, tres meses después detectó la presencia de «un trocito de ladrillo» en la rodilla, explica su abogado Carlos Gómez-Menchaca.
El paciente empeoró, y tras ser intervenido, tuvo que pasar por múltiples consultas de traumatología y por curas de ATS. Finalmente, optó por acudir a la medicina privada, donde fue operado para sacarle el objeto extraño.
El joven denunció al Servicio Vasco de Salud por considerar que hubo un error de diagnostico, permitiendo que se infectara la rodilla. El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vitoria concluyó entonces que había habido un «comportamiento negligente, imprecavido e inobservante por parte de la administración sanitaria por existir, al menos, un evidente retraso en el diagnóstico que, cuanto menos, ha provocado un padecimiento psicológico».
«Resulta evidente que la falta de diligencia se puede encontrar en no agotar todos los medios para establecer un diagnóstico lo más riguroso, seguro y certero posible, de manera que la culpa del facultativo nace de la omisión de un medio adecuado para confirmar el diagnóstico», señala.
La sentencia fue apelada pero el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso y confirma la sentencia anterior, obligando a Osakidetza a indemnizar al paciente con 16.800 euros por el daño moral sufrido durante todo este tiempo. La sentencia es firme y contra la misma no cabe recurso.
Publicado por El Mundo el 26 de diciembre de 2.009.