50.000 euros -más 2.800 de intereses- debe pagar Osakidetza a un paciente de Bizkaia representado por el bufete de abogados Gómez Menchaca para compensarle del sufrimiento que ha soportado durante más de cuatro años a consecuencia de una operación de rodilla.
Los hechos que han dado lugar a la sentencia que ordena esta indemnización se remontan al 19 de mayo de 2005. Ese día, el hombre fue intervenido en la clínica de la Cruz Roja de Bilbao, a donde le derivó el Servicio Vasco de Salud, para implantarle una prótesis en la pierna derecha.
Al poco de la operación, se hizo evidente una infección en la zona operada, cuyo origen fue un contagio hospitalario. Durante casi cuatro meses, el hombre estuvo tomando antibiótico y asistiendo a curas periódicas.
Este tratamiento, sin embargo, no consiguió cortar la infección. Por ello, él mismo decidió acudir a Basurto el 2 de septiembre. Fue aquí donde consiguieron identificar el germen que la producía. Los facultativos de este hospital consideraron que el único tratamiento válido consistía en volver a intervenir para retirar la prótesis. El día 19 de ese mismo mes, el hombre vuelve a ingresar en la Cruz Roja, en donde permanece hasta el primero de octubre.
Después de una segunda operación para quitarle la prótesis, el paciente inicia un tratamiento intensivo de antibióticos durante ocho meses, tres de los cuales fueron en vena y los cinco restantes ya en casa, donde permaneció en silla de ruedas, hasta que le colocaron una nueva prótesis.
La infección, sin embargo, estaba latente, con lo que se reactivaba cada cierto tiempo hasta el punto de que necesitó un injerto de piel «para tapar la herida profunda por la que supuraba», añade el relato judicial. El calvario de Luis U.G. no terminó ahí. El último ingreso hospitalario tuvo lugar en octubre de 2009. Durante un mes, el hombre volvió a recibir antibióticos en vena. La infección se ha hecho crónica, con lo que existe el riesgo de que vuelva a resurgir y obligue a retirar otra vez la prótesis.
La titular del juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Vitoria que ha estimado la demanda reclamó un informe a un especialista en cirugía ortopédica y traumatología. Mientras, el demandante atribuía la causa de la infección a «la no administración de antibióticos previa a la operación» y a «un deficiente control de la misma», el perito judicial no ha podido determinar que no se pusiera un tratamiento adecuado antes de la intervención, ya que desconocía «cuándo se aplicó la primera dosis».
«Faltó premura»
En cambio, el experto sí comparte con el paciente la tesis de que el tratamiento aplicado, una vez aparecida la infección, «no fue el adecuado». Es más, sostiene que «faltó premura» para retirar la prótesis porque en estos casos no puede haber «actitud conservadora. Si está infectada se quita, ya que la infección no se va a curar nunca porque el germen anida en el implante y, o se retira, o la infección persiste».
La jueza ha estimado la demanda porque «queda acreditado que hubo una actuación negligente, imprecavida e inobservante».
Vía El correo