Osakidetza deberá indemnizar con 60.000 euros a una vecina de Algorta de 53 años a la que tardaron tres meses en diagnosticar un cáncer de mama. Se trata del período de tiempo más breve de demora por el que se ha conseguido una condena, según han explicado desde el despacho de abogados Gómez-Menchaca.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la sentencia dictada por un juzgado de Vitoria que declaró que la actuación de la Administración vasca no fue conforme ni ajustada a Derecho y obligaba a indemnizar a la paciente por los daños y perjuicios ocasionados.
El juzgado considera que en el presente caso hubo un comportamiento «negligente, imprecavido e inobservante» por existir un «evidente retraso» en el diagnóstico a pesar de que éste fue tan sólo de tres meses.
Así, se recuerda que en el tratamiento del cáncer de mama, como en el de cualquier otro cáncer, «es fundamental para el beneficio del paciente el diagnóstico y tratamiento precoz» como manera de evitar la extensión de la enfermedad y en aras a obtener un mejor pronóstico con una terapia lo más temprana.
Según el perito, la paciente se habría beneficiado de haberse realizado el diagnóstico en el mismo mes en que las mamografías revelaron la existencia de imágenes sospechosas de poder hallarse ante la presencia de un tumor mamario maligno, para lo está indicada la realización inmediata de una biopsia o al menos una punción. No obstante, el radiólogo creyó necesario un nuevo control a los seis meses.
Publicado por El Mundo el 25 de septiembre de 2.010.