Una paciente bilbaína de 92 años que fue intervenida de cataratas en 2001 en el Hospital San Juan de Dios será indemnizada con 30.000 euros por el laboratorio responsable de las lentes tras haber perdido calidad de visión debido a un defecto de fabricación del producto.
La mujer fue operada de cataratas en el Hospital San Juan de Dios de Santurce, centro concertado por Osakidetza, donde le colocaron en ambos ojos una lente intraocular. No obstante, en el transcurso de los años se produjo una anómala opacidad en las lentes con un progresivo empeoramiento de la agudeza visual llegando hasta la ceguera debido a un defecto de las lentes fabricadas por la empresa Bausch & Lomb.
Aunque en el año 2007 se planteó la posibilidad de volver a operar a la paciente para sustituirle las lentes, los médicos descartaron la intervención por la avanzada edad de la paciente.
La mujer, asesorada por el despacho de abogados Gómez Menchaca, interpuso entonces una reclamación ante Osakidetza y el caso llegó a los tribunales. Durante el juicio, se supo que la opacificación de la lente se produjo por un problema en el suministro ya que la casa comercial realizó un cambio en el sistema de envasado de las lentes para permitir su plegamiento y puso un tapón de silicona que produjo una reacción química con la lente.
Estas lentes se implantaron en el Hospital de Cruces con este sistema de cierre entre el año 2000 y los seis o siete primeros meses del años 2001, pero los médicos no se dieron cuenta de que se opacificaban las lentes hasta el año 2003.
Así, de 700 lentes implantadas, un total de 300 se han opacificado, habiéndose explantado ya la mitad: 150.
De este modo, el juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Vitoria considera acreditado que el responsable de la opacificación de la lente implantada fue el laboratorio, de modo que Osakidetza «se limitó a colocar una lentes comercializadas con todas las garantías sin que conociera ni pudiera conocer o sospechar que eran defectuosas».
Por todo ello, se desestima la demanda interpuesta contra Osakidetza pero se condena a la empresa fabricante a indemnizar con 30.000 euros a la paciente.
Según explican desde el despacho de abogados, la sentencia condena al fabricante utilizando la reclamación frente a Osakidetza como prestario del servicio, sin necesidad de tener que pleitear en el extranjero, que es mucho más costoso.
Publicado por El Mundo el 23 de octubre de 2.010.