El Servicio Andaluz de Salud ha sido condenado a pagar una indemnización que asciende a 76.000 Euros a favor de la familia de una mujer que murió en Jaén en mayo de 2.010. La sentencia declara probado que se produjo un retraso de un año en el correcto diagnóstico de un linfoma. La enferma fue sometida a pruebas, entre ellas una biopsia, que pese a dar indicios evidentes de la presencia de la enfermedad no se materializaron en el diagnóstico del linfoma. Un año más tarde la enferma fallecía 11 días después de iniciar las sesiones de quimioterapia.
El juez, en esta sentencia favorable al bufete Gómez Menchaca y sus representados, introduce un elemento jurídico novedoso, el «daño moral» causado que viene dado por la pérdida de oportunidad de haber conseguido otro resultado. Ya que la enfermedad presenta elevados porcentajes de mortalidad a 30 meses, existe la incertidumbre de que un diagnóstico más temprano hubiera otorgado una mayor calidad de vida a la paciente.
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