El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha condenado al Servicio Cántabro de Salud (SCS) que deberá indemnizar con un total de 25.000 euros a una mujer que quedó perdió la visión del ojo izquierdo tras dos operaciones en el Hospital de Sierrallana de Torrelavega debido a la aplicación de un fármaco defectuoso, el gas perfluoroctano Ala Octa y que fue retirado dos meses después por la Agencia Española del Medicamento mediante alerta sanitaria.
De esta manera, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC estima el recurso de la afectada contra la sentencia de primera instancia en la que se eximía de toda responsabilidad al Gobierno de la comunidad al entender que no hubo mala praxis, puesto que la alerta se dio una vez realizadas las operaciones. Sin embargo, el TSJC afirma que si hubo responsabilidad y añade que la administración sanitaria podrá pueda reclamar a la empresa comercializadora, distribuidora del producto o al fabricante.
La sentencia alude a un informe de la Agencia del Medicamento del 2016 en el que que ya se indicaba un elevado nivel de citotoxicidad en el lote del producto empleado en la intervención quirúrgica de la demandante que reclamaba una indemnización de 150.000 euros, cuantía que se ha viso reducida a 25.000.
El abogado de la demandante, Carlos Gómez Menchaca, destaca que se trata de la 1ª sentencia en España sobre este asunto, y ha considera que marca un «antecedente fundamental» .