BILBAO. Un ginecólogo vizcaino ha sido condenado por una falta de homicidio por imprudencia leve porque su ausencia retrasó la asistencia en un parto que originó que el bebé naciera en parada cardíaca y falleciera dos días después.
La madre, embarazada de 37 semanas, acudió en abril de 2006 a la Clínica San Sebastián de Bilbao por una rotura prematura de membranas. La mujer fue explorada por un ginecólogo que ordenó su ingreso para inducirle el parto, siendo la decisión conocida por el médico que había seguido su embarazado.
Cuando el ginecólogo abandonó la clínica, correspondía al médico de la paciente seguir su evolución. No obstante, al ver que el parto evolucionaba sin complicaciones éste también abandonó el recinto.
Sin embargo, de noche se detectó un posible sufrimiento fetal por la disminución de la frecuencia cardíaca. Avisado el médico, que se encontraba en su domicilio, se puso inmediatamente en camino hacia la clínica. Una hora después dio a luz una recién nacida en parada cardíaca, que falleció dos días después en la Hospital de Basurto, donde fue trasladada ya en situación de muerte cerebral.
Los padres, asesorados por el despacho de abogados Gómez Menchaca, llevaron el caso a los tribunales por los daños ocasionados. Ahora, el juzgado de lo penal número 4 de Bilbao les da la razón ya que «aún no siendo exigible la presencia física del facultativo en el centro, el hecho de no encontrarse en el mismo retrasó la asistencia en el parto».
Por ello, se condena al médico como autor de una falta de homicidio por imprudencia leve a una multa de un pese a razón de 20 euros diarios. Asimismo, deberá indemnizar con la responsabilidad civil de la aseguradora a los padres con 75.000 euros.
La sentencia es firmen al haber manifestado durante el juicio la acusación, la defensa y el Ministerio Fiscal su deseo de no recurrir.
Publicado por Diario Deia el 20 de noviembre de 2.010.