Un juzgado de Vitoria ha condenado a Osakidetza a indemnizar con 60.000 euros a un paciente que recibió hace dieciséis años una cantidad excesiva de radiación, por entender que esta «deficiente atención médica» está detrás de la lesión cutánea que sufre en el pecho desde hace más de una década. La sentencia, recurrida por el Departamento de Sanidad, se fundamenta en un tajante dictamen pericial que achaca la dolencia al acto médico.
Los padecimientos del enfermo comenzaron en 1990. Por aquellas fechas, en el hospital de Cruces le aplicaron radioscopia en la región central del tórax para retirarle un catéter. En esa zona apareció posteriormente una lesión que, en 1994, los especialistas del hospital de Galdakao identificaron como una radiodermatitis crónica. Al principio, la dolencia mejoró con el tratamiento que se le recetó, pero después ha seguido creciendo. De hecho, los abogados de Osakidetza alegaban que ya había prescrito el derecho a reclamar responsabilidades patrimoniales, pero el juez del Tribunal Contencioso-Administrativo número 2 de Vitoria considera que se trata de daños «evolutivos» que «se producen día a día de manera prolongada», por lo que sólo se podría hablar de prescripción a partir del momento en el que desapareciesen.
La sentencia favorable al paciente, representado por el bufete Gómez Menchaca, se basa en el informe pericial que ha elaborado un dermatólogo. Según el especialista, la radiodermatitis crónica del enfermo se debe a una radiación «prolongada de forma excesiva en el tiempo» cuando le extrajeron el catéter. Esta afección cutánea es frecuente en los enfermos de cáncer sometidos a «radiaciones ‘duras’» como la bomba de cobalto, pero «no debe producirse» en una práctica diagnóstica como la radioscopia.
Tumores malignos
El dermatólogo detalla además que la radiodermatitis puede seguir creciendo y, con el tiempo, presentar diversas complicaciones, incluidos tumores malignos. La intervención quirúrgica es la única posibilidad terapéutica, pero los injertos de piel «no prenden dada la atrofia del lecho donde asientan».
El juez concluye, por tanto, que «las lesiones sufridas por el demandante se hallan relacionadas causalmente con una deficiente atención médica». Aunque el demandante reclamaba 90.000 euros, la sentencia ordena el pago de una indemnización de 60.000. Los abogados de Osakidetza han recurrido la decisión del tribunal.
Publicado por El Correo el 21 de abril de 2.006