Entró en el quirófano para corregir una hernia discal lumbar y salió con fortísimos dolores de espalda, con los dedos del pie izquierdo adormecidos y con daños irreversibles que la dejaron incapacitada para realizar las labores domésticas. El penoso suceso se fraguó en el Hospital de Galdakao en el año 2003 y la víctima fue un ama de casa de esa localidad vizcaína que entonces tenía 40 años. Tras casi un lustro de peregrinaje médico y judicial, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Vitoria ha condenado a Osakidetza a indemnizarla con 30.000 euros, según explicó ayer el abogado de la mujer, Carlos Gómez Menchaca.
Lo curioso de este caso es que el motivo de la condena no es un comportamiento «negligente, imprecavido e inobservante» por parte de los médicos, sino el hecho de que no se informase a la paciente de los riesgos de la intervención. De hecho, fue sometida a dos operaciones: la primera, en 2003, no solucionó su problema, por lo que fue operada otra vez dos años después. Esta última intervención le causó «rigidez y dolor de espalda de tal calibre que le impide realizar las labores de la casa, habiéndose empeorado su situación global de forma irreversible».
Otras alternativas
El abogado explica que la condena tiene su justificación en «el daño moral» que se ha infligido a la mujer «por no ser informada con la suficiente precisión». En caso de haber sabido de la complejidad de la operación, podría haber optado por otras alternativas o por solicitar un nuevo diagnóstico.
Es cierto que la paciente firmó el «consentimiento informado», señala Gómez Menchaca, pero este formulario «debe ser explícito, detallado y comprensible para el paciente». En este caso, el juez ha considerado que «no quedaba suficientemente claro el riesgo y los daños que podrían sobrevenir».
La sentencia alude a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, en la que se considera que la sola firma del paciente no es «un cheque en blanco», dice el abogado, «y no exonera de responsabilidad» a la administración sanitaria. Por contra, en el documento «se deben detallar los riesgos de daños y también las alternativas si no se interviene», algo que, en este caso, no ocurrió. Por tanto, la sentencia concluye que existe «el necesario nexo causal entre la ausencia de consentimiento informado comprensivo de todos los riesgos que estaba asumiendo y el daño moral producido».
Esta sentencia -recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia- engorda una jurisprudencia que, a juicio del abogado, obligará a los hospitales a ser más meticulosos a la hora de detallar las posibles consecuencias de una operación.
Publicado por El Correo el 10 de febrero de 2.008