El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha condenado a la Diputación General de Aragón y a la compañía de seguros Zurich a indemnizar con el pago de 30.000 euros en concepto de daños morales a la familia de una mujer que murió víctima de un cáncer bucal en diciembre de 2004. Según recoge la sentencia, la paciente sufrió una pérdida de oportunidad «al no haber sido sometida al tratamiento óptimo en el tiempo oportuno, aun cuando el mismo no garantizase la posibilidad de recuperación». «Es la primera que manifiesta la pérdida de oportunidad del paciente», expresó el abogado de la parte demandante, Carlos Gómez Menchaca, cuyo despacho bilbaíno es especialista en daños médicos. «Sea cual sea el resultado final, el paciente tiene derecho a una asistencia sanitaria adecuada», defendió.
Los hechos se remontan a julio de 2003, cuando la mujer acudió al Hospital Obispo Polanco de Teruel remitida por su médico de familia por una lesión en la mucosa bucal. Allí fue atendida en el servicio de urgencias, que le refirió a Otorrinolaringología. El diagnóstico fue una neoformación en la cara interna de la mejilla izquierda, cuya biopsia reveló la existencia de un carcinoma escamoso infiltrante. Un cáncer. Tres semanas después fue sometida a una intervención quirúrgica tras la cual se le detectó metástasis en un ganglio.
Las revisiones no revelaron ningún contratiempo hasta que, en marzo de 2004, se le localizó un bultoma con metástasis del tumor detectado meses atrás. Volvió a entrar en quirófano, pero los médicos suspendieron la intervención ante el riesgo existente por la profundidad del bultoma e informar de las alternativas a la familia. Así, les indicaron la posibilidad de que recibiese tratamiento quimio-radioterápico para reducir el tumor y operarla posteriormente si este remitía. Sin embargo, la familia, decidió trasladarla a la Clínica Universitaria de Navarra, donde ingresó al día siguiente.
El 1 de junio, se solicitó a la DGA el reintegro de la factura de la clínica pamplonesa, que fue denegado por resolución del Director del Servicio Provincial de Teruel al considerar que no requería de asistencia médica «urgente, inmediata ni de carácter vital». Finalmente, falleció en diciembre de 2004 en el Hospital Provincial tras sufrir una hemorragia masiva provocada por el cáncer que padecía.
No hubo mala práctica
Su marido y su hija interpusieron un recurso contencioso-administrativo al entender que los daños se debieron «a la defectuosa asistencia que le fue prestada por el Servicio Aragonés de Salud, afirmando que hubo mala praxis asistencial», indica la sentencia. Para ello, se apoyan en que durante la primera operación se dejaron los márgenes de resección muy cerca del tumor, lo que pudo posibilitar su posterior reaparición; así como en la inexistencia de tratamiento de radioterapia y de pruebas de imagen; y la falta de alternativas tras la operación suspendida. Sin embargo, Gómez reitera que se privó a la paciente de posibilidades de recuperación, «pero no hubo mala práctica».
Por su parte, tanto el informe de la Inspección Médica como el aportado por la compañía de seguros reconocen la existencia de aspectos que se pudieron mejorar en la asistencia médica. Estos hacen referencia a la realización de un TAC después de ambas operaciones y someterla a tratamiento radioterápico. Se avalan en el protocolo de la Sociedad Española de Cirugía Oral y Maxilofacial SECOM, que establece que los tumores con uno o más ganglios afectados, así como en los casos en los que resulten márgenes quirúrgicos afectados o dudosos, que era la situación de esta mujer, deben someterse a radioterapia.
Publicado por Heraldo el 16 de julio de 2.008