Cada vez conocemos más información sobre el terrible caso relacionado con el fármaco Ala Octa defectuoso. Abogados Gómez Menchaca continua con los procesos destinados a buscar justicia para los pacientes afectados por este escandaloso error médico. Detrás de cada caso están las personas y sus familias, te lo contamos.
Perder la vista por un fármaco en mal estado
Para Adolfo Aguilera, esta historia comienza el 29 de julio de 2014, cuando ingresa en un quirófano de la Clínica La Arruzafa de Córdoba para operarse de un desprendimiento de retina. Una operación a priori sencilla: según las estadísticas, de cada 2.000 personas que se operan, 1.999 logran mejorar su estado de visión. Pero en el caso de Aguilera no fue un problema de los médicos, ni de la operación.
«Me decían que la operación era poca cosa, que no tenía importancia… hasta que salió eso y vieron lo que era», recuerda este cordobés. Hoy tiene 74 años, y fue una de las primeras víctimas en España de la partida de Ala Octa defectuoso, un colirio de perfluoroctano empleado en cirugías de desprendimiento y fabricado por la compañía alemana Alamedics. En total, 116 personas perdieron la vista en nuestro país, hasta que el 26 de junio de 2015, la Agencia Española del Medicamento (Aemps) emitió una alerta sanitaria a todas las comunidades autónomas para que dejaran de usar el fármaco defectuoso.
No obstante, para los pacientes afectados la revelación de su situación cambio muy pocas cosas. Una vez se disipó el revuelo informativo, siguieron tratando de asociarse en grupos de Facebook y peregrinaron por juzgados solo para ver cómo su esperanza de ser compensados seguía alejándose, recurso tras recurso.
Al igual que el resto, Aguilera decidió ponerse en manos de Gómez Menchaca Abogados, que representa a la mayoría de afectados por el Ala Octa defectuoso. Finalmente, el Juzgado de 1ª Instancia de Madrid falló a su favor en junio de 2019. Su caso fue además pionero ya que, después de varias sentencias contra varios sistemas de salud autonómicos, por primera vez se condenaba a indemnizarle con 307.808 euros por una operación realizada en la sanidad privada.
Escándalo del Ala Octa defectuoso: todo empieza en los seguros
Un portavoz de la aseguradora explica que «Allianz Versicherungs-AG en Alemania es la compañía de seguros de responsabilidad civil de Alamedics GmbH. Por esta razón, respondemos como asegurador responsable», declaran. «Allianz Seguros de España no es asegurador en este caso y no tiene influencia en el control de responsabilidad».
Los abogados de la aseguradora en España han empleado este mismo razonamiento: consideran que debían ser juzgados por las leyes alemanas y no por las españolas. Sin embargo, en el caso de Aguilera la juez estimó que el artículo 5 del reglamento 864/2007 del Parlamento Europeo establecía que la ley aplicable a la responsabilidad por productos defectuosos no era la alemana, sino la española «por ser la del país del perjudicado donde se comercializó el producto».
En el caso de los hospitales públicos, los pacientes afectados por el Ala Octa defectuoso lograron, a través de una sentencia pionera dictada por el Tribunal de Justicia de Cantabria, que la administración les indemnizara como supervisora última de la utilización de ese producto. De este modo, los servicios de salud podrían a continuación querellarse contra el fabricante, pero los damnificados ya habrían sido compensados.
Todo queda en manos del Supremo
Sin embargo, no todo iba a resultar tan sencillo. Muchas de estas comunidades autónomas, como Cantabria o Canarias, plantearon recursos de casación. En algunos casos las sentencias hacían a las CCAA responsables directas, en otros como el de la Comunidad Valenciana las declararon meras subsidiarias: solo debían indemnizar a los pacientes si el fabricante o aseguradora no lo hacían.
La última sentencia en salir ha sido la de la Audiencia Provincial de Madrid, en diciembre de 2019. Allianz ya dispone del fallo. «Actualmente, estamos revisando esta sentencia y nuestro modo de proceder en este caso, por lo tanto, no podemos proporcionar más información», dice la aseguradora. Según sus valoraciones, los abogados de la entidad aseguran que «dicho tribunal habría aplicado mal la ley, por lo que presentaremos el oportuno recurso ante el Tribunal Supremo».
«La tendencia habitual es que, en estos casos, pague la administración y luego se busque la vida con el fabricante», explica el abogado Carlos Gómez Menchaca, cuyos casos del Ala Octa serán claves para sentar jurisprudencia en todos los casos de afectados por productos defectuosos. «Va a ser una materia de índole casacional, de ahí la importancia de esta sentencia».
Prótesis defectuosas que provocan problemas cardíacos y mentales
Además de las novedades en el campo del Ala Octa defectuoso, recientemente han salido también las sentencias relativas a las prótesis metálicas de cadera ASR, comercializadas por la empresa DePuy, propiedad de la multinacional Johnson & Johnson.
Así es: el pasado 21 de enero, el Tribunal Supremo confirmó la condena por la que el fabricante deberá pagar 515.647 euros a una paciente marbellí. En concreto, en este caso consta además el agravante de que J&J se negaba a facilitar la identidad del fabricante de la prótesis.
Esta demanda, presentada en 2013 junto a otras dos más, fue la primera en España contra el gigante estadounidense por un implante que, tal y como explica la sentencia, fue comercializado y ofrecido a los pacientes a sabiendas de su defectuosidad. El problema no era baladí: las prótesis se aflojaban, rozaban entre sí y el metal del que estaban formadas se desintegraba con el tiempo, liberando partículas tóxicas de cromo y cobalto que entraban en el organismo, originando patologías cardíacas y mentales a las personas portadoras.
«La sentencia confirma la responsabilidad del fabricante»
Estamos ante el primero de aproximadamente una docena de procedimientos civiles iniciados contra Johnson & Johnson en toda España por las prótesis de cadera. En Reino Unido, la empresa DePuy ya fue condenada por el mismo motivo a finales de 2018.
«La sentencia es interesante porque confirma la responsabilidad del fabricante», asegura Gómez Menchaca. «Es una línea jurisprudencial acreditada a nivel de derecho europeo; el siguiente paso sería declarar la responsabilidad no solo del fabricante sino de la administración prestataria del servicio por el daño ocasionado y así evitar demandar al fabricante que, en casos como el Ala Octa defectuoso, está desaparecido».
Los Implant Files fueron publicados en noviembre de 2018 por El Confidencial y otros medios internacionales, revelando centenares de casos en los que un producto sanitario defectuoso —desde implantes de cadera a mallas vaginales— arruinó la vida a alguien en España. La investigación logró que se produjeran algunos cambios, como que Sanidad habilitara un nuevo sistema de notificación de incidentes o que la Aemps hiciera públicas 20.500 alertas que hasta entonces permanecían en secreto.
Fuentes: El Confidencial